Tasación de costas

Tasar sin la hoja de cálculo de siempre.

Plea reparte los honorarios por fases y cita en cada partida el criterio o el artículo que la sostiene. Con los criterios orientadores de los colegios cargados en el sistema, no en una carpeta compartida.

Tasación de costas

CIV-2026-014 · cuantía 40.000,00 € · condena en costas

Generar minuta
Fase Criterio aplicado Base Honorarios
Demanda Criterios ICAB · escrito rector 36.000,00 € 2.400,00 €
Audiencia previa Criterios ICAB · comparecencia 36.000,00 € 1.200,00 €
Juicio Criterios ICAB · vista 36.000,00 € 1.800,00 €
Ejecución Criterios ICAB · ejecución dineraria 36.000,00 € 900,00 €
Honorarios de abogado 6.300,00 €
Derechos de procurador · RD 434/2024 + 10 % art. 18.d) 785,40 €
IVA 21 % sobre honorarios y derechos 1.487,93 €
Límite del tercio · art. 394.3 LEC 12.000,00 €
Total de la tasación 8.573,33 €

Cómo se ha calculado

Cada partida se reparte por fases según los criterios seleccionados, y cita el que la sostiene. Si se impugna la tasación, la justificación ya está escrita.

Sin criterios de colegio seleccionados, Plea lo advierte y marca los honorarios como estimativos. Una cifra sin criterio detrás no se puede defender.

Criterios cargados

ICAB ICAM Sabadell Tarragona + del despacho
Hoy

Una cifra por fase, y buscar el criterio si la impugnan.

Con Plea

Cada partida con su criterio ICAB citado.

El balance

Qué cambia en la próxima tasación.

Qué ganas

La tasación sale razonada

Cada partida indica el criterio o el artículo que la sostiene, y el reparto por fases queda explicado. Cuando te la impugnen, la contestación ya está escrita.

Qué dejas de hacer

Arrastrar la hoja de cálculo

Los criterios orientadores están en la biblioteca del sistema y eliges cuáles aplicas. Los totales y el IVA de cada partida se calculan aparte del texto, no a ojo.

Qué te juegas

La impugnación por excesiva

La contraria puede impugnarla por excesiva o por indebida (art. 245 LEC), y el letrado de la Administración de Justicia reduce los honorarios que pasen del tercio de la cuantía, salvo que se haya declarado la temeridad del condenado en costas (art. 243.2 LEC).

Cómo funciona

De la cuantía a la tasación, con su porqué.

  1. Los criterios de tu colegio ya vienen marcados

    Criterios de tasación

    3 criterios seleccionados

    1. ICA Barcelona Por el organismo del expediente
    2. Arancel de procurador Y la jurisprudencia que apliques
    3. Si no hay coincidencia, nada Prefiere no marcar a marcar mal
    Y siempre El marco de la LEC

    23 colegios cargados de serie, y los tuyos aparte.

    Se marcan solos por el partido judicial y el órgano del expediente. Si no hay coincidencia clara no marca nada, en lugar de acertar por casualidad.

  2. Cuentas qué procedimiento hubo

    Procedimiento a tasar

    Ordinario de 42.300 €

    1. Demanda y audiencia previa Juicio con dos testigos y pericial
    2. Estimatoria, con costas Sin recurso. Intervino procurador
    3. Las partes ya las sabe Y el órgano, y el área, y la cuantía
    Límite del tercio Aplicado

    Las fases deciden el importe y no están en el asunto.

    Las fases, los incidentes y los recursos deciden el importe y no constan en el expediente. Las partes, el órgano y la cuantía sí, y no hay que repetirlos.

  3. Sale la tabla, y se edita

    Partidas tasadas

    4 partidas

    1. Honorarios de abogado 6.500,00 € · con el criterio del que sale
    2. Derechos de procurador 1.200,00 € · por arancel
    3. Peritos y suplidos 900,00 € y 150,00 €
    Base 8.750,00 €

    Corriges una base a mano y todo se rehace.

    Cada partida con su base, su IVA y el criterio del que sale. Si corriges una base a mano, los totales se rehacen mientras escribes.

  4. Con el límite del tercio ya aplicado

    Total de la tasación

    Art. 394.3 LEC

    1. Un tercio son 14.100,00 € De una cuantía de 42.300,00 €
    2. Sujetas: 7.400,00 € Dentro del límite: no muerde
    3. El procurador queda fuera Va por arancel, no por honorarios
    Total 10.556,00 €

    Base 8.750,00 € más 1.806,00 € de IVA al 21 %.

    Y repartido a prorrata entre las partidas sujetas, no recortado de la última. Los derechos de procurador quedan fuera del límite, porque van por arancel.

El problema

Todo despacho tiene su hoja heredada.

La que montó alguien que ya no está, que nadie se atreve a tocar y que arrastra los criterios de hace tres actualizaciones. Cada tasación se hace copiando la del asunto anterior y ajustando a ojo.

El resultado es que dos personas del mismo despacho tasan distinto el mismo procedimiento, y que justificar una partida cuando la impugnan cuesta más de lo que valía.

Cómo lo hace Plea

Con el criterio al lado de la cifra.

  • 23 criterios de colegio, ya cargados

    Con Madrid, Cataluña, País Vasco, la Comunidad Valenciana y los cinco colegios andaluces entre ellos. El despacho ve los compartidos y los suyos, elige cuáles aplica a cada tasación, y si el de su colegio no está lo carga él.

  • Reparto por fases

    Demanda, audiencia previa, juicio, recursos, ejecución e incidentes, como lo hagan los criterios que se apliquen.

  • Cada partida, justificada

    La tasación indica de dónde sale cada importe y qué criterio o artículo lo sostiene. Cuando te la impugnen, la defensa ya está escrita.

  • Y avisa si no hay criterios

    Si no se ha seleccionado ninguno, Plea lo dice expresamente y advierte de que los honorarios son estimativos. No finge una precisión que no tiene.

Tasa un procedimiento tuyo en la demo.

Preguntas frecuentes

Lo que nos preguntan sobre esto.

¿Con qué criterios calcula Plea la tasación de costas?

Con los criterios orientadores en materia de honorarios que el despacho tenga cargados en la biblioteca del sistema, que incluye los publicados por los colegios de la abogacía y los propios que el despacho quiera añadir. En cada tasación se eligen los que se van a aplicar, y esos tienen preferencia sobre cualquier criterio general.

¿Qué pasa si no selecciono ningún criterio de colegio?

Plea realiza la tasación solo con el marco legal, pero lo dice expresamente en el razonamiento y añade una advertencia de que los importes de honorarios son estimativos hasta que se elijan los criterios que correspondan. Es deliberado: una cifra sin criterio detrás no se puede defender en una impugnación, y es mejor saberlo antes de presentarla.

¿La tasación viene justificada partida por partida?

Sí. Cada partida indica el criterio o el artículo que la sostiene, y la tasación incluye un razonamiento que explica de dónde sale cada importe, fase por fase. Eso es precisamente lo que se necesita cuando la contraparte impugna la tasación por excesiva.