Gestión del despacho
¿Se puede impugnar la tasación de costas de un procedimiento?
Sí, puedes impugnar la tasación de costas de un procedimiento civil dentro del plazo común de 10 días, conforme a los artículos 244 y 245 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC). Debes identificar las partidas y justificar la impugnación: no basta con considerar elevado el total.
Equipo de Plea Publicado el 16 de octubre de 2026 9 minutos de lectura
TL;DR
- Puedes impugnar la tasación de costas civil en 10 días: artículos 244 y 245 LEC.
- Distingue partidas indebidas de honorarios excesivos: cada motivo exige una justificación diferente.
- Identifica cada minuta, partida y razón de discrepancia para cumplir el artículo 245.4 LEC.
- Plea es software de gestión para despachos que organizan expedientes y plazos procesales.
Por qué importa distinguir el motivo
Una partida que no debe incluirse y unos honorarios demasiado elevados plantean problemas distintos. El artículo 245.2 LEC permite a la parte condenada impugnar las costas por partidas, derechos o gastos indebidos; también permite discutir por excesivos los honorarios de abogados, peritos y otros profesionales no sujetos a arancel.
Antes de redactar, organiza la notificación, la tasación y sus justificantes. La guía sobre cómo gestionar los plazos procesales sin errores desarrolla esa parte operativa. El plazo de impugnación nace del traslado de la tasación, no de la fecha en que decides revisar las minutas: artículos 244.1 y 133 LEC.
Esta guía de 2026 aborda la tasación de costas en el proceso civil. La base de la impugnación está en los artículos 243 a 246 LEC; sus reglas deben aplicarse al expediente concreto y al régimen procesal que corresponda.
¿Se puede impugnar la tasación de costas de un procedimiento?
Sí. El artículo 245.1 LEC permite impugnar la tasación dentro del plazo del artículo 244.1 LEC. La parte condenada puede discutir conceptos incluidos; la parte favorecida también puede reclamar la exclusión de gastos justificados y reclamados o la falta de inclusión completa de determinadas minutas y derechos, conforme al artículo 245.3 LEC.
| Vía | Cuándo corresponde | Qué debes justificar | Límite de esa vía |
|---|---|---|---|
| Impugnación por indebidas | Se incluye una partida que no procede | Qué concepto se cuestiona y por qué debe excluirse | Discutir solo su importe no explica por qué es indebida |
| Impugnación por excesivos | Se discute la cuantía de honorarios no sujetos a arancel | Qué honorarios resultan excesivos y las razones | No se aplica a derechos sujetos a arancel |
| Impugnación por omisiones | La parte favorecida detecta conceptos reclamados que faltan | Qué gasto, minuta o derecho se omitió | Exige encajar la reclamación en el artículo 245.3 LEC |
La distinción procede del artículo 245 LEC. Escoge el motivo por la naturaleza de la discrepancia, no por el resultado económico que buscas. Si cuestionas una misma partida por indebida y, subsidiariamente, por excesiva, separa ambas razones; el artículo 246.5 LEC contempla la concurrencia de estos motivos.
Pasos para preparar la impugnación
- Localiza la resolución que impone las costas y delimita qué procedimiento, instancia o actuación comprende.
- Revisa la tasación y las minutas o justificantes que la sustentan.
- Identifica cada partida discutida y clasifica el motivo.
- Explica la razón concreta y formula una petición coherente con ella.
- Comprueba el vencimiento y conserva el justificante de presentación.
Los artículos 243 y 245 LEC proporcionan el marco de esa revisión. No conviertas el escrito en una nueva discusión sobre quién debía ganar el pleito: la impugnación examina la tasación dentro de los motivos legalmente previstos.
Plazo para impugnar: 10 días
El plazo común es de 10 días, según el artículo 244.1 LEC. El cómputo comienza al día siguiente del acto de comunicación del que depende el plazo, conforme al artículo 133.1 LEC; cuando el plazo se señala por días, se excluyen los inhábiles según el artículo 133.2 LEC.
No calcules el vencimiento únicamente con la fecha visible de un correo de aviso. Para fijar cuándo se entiende realizada una comunicación electrónica debes atender a las reglas aplicables del artículo 162 LEC y, cuando intervienen procuradores, del artículo 151 LEC.
En tu revisión de 2026, deja separados estos datos:
- Fecha de la comunicación procesal y justificante correspondiente.
- Fecha en que se entiende realizada conforme a la regla aplicable.
- Primer día del cómputo y días inhábiles que afectan al plazo.
- Vencimiento y fecha efectiva de presentación.
El artículo 135.5 LEC permite presentar escritos sujetos a plazo hasta las 15:00 horas del día hábil siguiente al vencimiento. Registra primero el vencimiento ordinario. La posibilidad de presentación del artículo 135.5 LEC no convierte el plazo de 10 días en otro plazo distinto.
Partidas indebidas: qué debes revisar
La impugnación por indebidas cuestiona que una partida forme parte de las costas repercutibles. El artículo 243.2 LEC excluye, entre otros conceptos, derechos correspondientes a escritos y actuaciones inútiles, superfluas o no autorizadas por la ley, así como partidas de minutas que no se expresen detalladamente o se refieran a honorarios no devengados en el pleito.
La revisión exige conectar cada concepto con una actuación real del procedimiento. Si aparece un trabajo ajeno al pleito, identifica la partida y explica la falta de correspondencia; si cuestionas una actuación por superflua, razona esa calificación conforme al artículo 243.2 LEC.
Una comprobación útil consiste en cruzar tres documentos: tasación, minuta y actuación procesal. Con ese contraste formulas el motivo exigido por el artículo 245.4 LEC sin limitarte a una afirmación general de desacuerdo.
No confundas la factura pactada con el cliente con la cantidad repercutible a la contraparte. Los artículos 241 y 243 LEC delimitan los conceptos que integran las costas y su incorporación a la tasación; la existencia de una factura no resuelve por sí sola esa cuestión.
Honorarios excesivos: audiencia de 5 días
La impugnación por excesivos procede respecto de honorarios de abogados, peritos o profesionales no sujetos a tarifa o arancel, conforme al artículo 245.2 LEC. Aquí debes explicar por qué resulta excesiva la cuantía de una intervención cuya inclusión no estás cuestionando por ese motivo.
El artículo 246.1 LEC establece una audiencia de 5 días al abogado afectado. Si no acepta la reducción solicitada, se recaba informe del Colegio de Abogados sobre la cuestión; el artículo 246.2 LEC contempla una tramitación semejante respecto de los honorarios de peritos.
El informe colegial no sustituye la resolución del incidente. El letrado de la Administración de Justicia decide mediante decreto a la vista de lo actuado y de los informes emitidos, conforme al artículo 246.3 LEC.
Para preparar el escrito en 2026, relaciona tus razones con el trabajo efectivamente realizado. El artículo 245.4 LEC exige expresar la discrepancia; repetir que la minuta es desproporcionada sin identificar sus conceptos deja sin desarrollar el fundamento de la impugnación.
Qué determina la vía y el alcance de la revisión
No todas las discrepancias sobre costas reciben el mismo tratamiento. Estos factores delimitan qué puedes discutir y cómo debes plantearlo, conforme a los artículos 243 a 246 LEC:
- Tu posición procesal. La parte condenada y la favorecida tienen motivos de impugnación distintos en los apartados 2 y 3 del artículo 245 LEC.
- La naturaleza del concepto. Un gasto, unos derechos arancelarios y unos honorarios no sujetos a arancel no se examinan de forma idéntica.
- La relación con el pleito. El artículo 243.2 LEC obliga a revisar si los honorarios se han devengado en el procedimiento.
- El detalle de la minuta. La identificación de partidas afecta a la revisión prevista en los artículos 243.2 y 245.4 LEC.
- La concurrencia de motivos. Si alegas indebidas y excesivos sobre los mismos honorarios, el artículo 246.5 LEC ordena su tratamiento.
En una revisión de costas de 2026, empieza por clasificar el concepto. Después redacta el argumento jurídico. Hacerlo al revés favorece escritos que mezclan la procedencia de una partida con la discusión de su importe.
¿Qué debe contener el escrito de impugnación?
El artículo 245.4 LEC exige mencionar las cuentas o minutas y las partidas concretas a las que se refiere la discrepancia, además de sus razones. Si faltan esos elementos, prevé la inadmisión mediante decreto.
Estructura cada objeción con el mismo orden: concepto tasado, motivo, explicación y petición. Si solicitas excluir una partida, explica por qué es indebida; si pretendes reducir honorarios por excesivos, identifica la cuantía discutida y fundamenta la reducción conforme al artículo 245 LEC.
No acumules documentos sin explicar qué acreditan. Una referencia precisa a la actuación procesal ayuda a cumplir la exigencia de motivación del artículo 245.4 LEC mejor que una relación genérica de anexos.
¿Qué pasa si nadie impugna dentro del plazo?
Transcurridos los 10 días sin impugnación ni solicitud de exoneración o moderación en los términos legalmente previstos, el letrado de la Administración de Justicia aprueba la tasación mediante decreto, conforme al artículo 244.3 LEC. La resolución y su régimen de recurso deben examinarse por separado.
No confundas impugnar la tasación con recurrir el decreto que la aprueba. El artículo 244.3 LEC contempla recurso directo de revisión contra ese decreto; eso no convierte ambos trámites en una misma actuación.
¿La impugnación permite añadir nuevas partidas?
Una vez acordado el traslado de la tasación, no se admite incluir ni adicionar nuevas partidas en ella, conforme al artículo 244.2 LEC. El mismo precepto deja a salvo el derecho a reclamarlas de quien se considere asistido frente a quien corresponda y por la vía procedente.
Distingue esa adición de la impugnación por omisiones del artículo 245.3 LEC. Esta última tiene sus propios presupuestos para gastos justificados y reclamados y para determinadas minutas o derechos no incluidos correctamente.
Cómo organizar la documentación en el despacho
Plea es software de gestión para despachos que necesitan organizar expedientes y plazos procesales. En Plea puedes gestionar expedientes, plazos procesales y el registro de notificaciones LexNet dentro del expediente. Para este trabajo, conserva juntos la comunicación, la tasación, las minutas y el escrito presentado.
Plea cobra por profesional y mes, con el mismo importe para el abogado y para el procurador, en Plea Essential, sin tope de profesionales, y en Plea Complete, de uno a tres; desde cuatro profesionales se puede elegir Plea Firm, con los nueve complementos y BirdsEye incluidos, y una escalera marginal por tramos, como el IRPF. El equipo tiene su propio precio.
Plea Essential incluye expedientes, plazos, documentos, agenda y la IA que lee lo que entra, sin límites ni cobro por expedientes, clientes, almacenamiento o capacidad. Los nueve complementos se contratan sueltos y Plea Complete los incluye todos; la puesta en marcha está publicada en la página de precios, y la calculadora de precio da la factura del despacho.
Una última comprobación
Antes de presentar una impugnación en 2026, lee únicamente sus peticiones finales. Cada exclusión o reducción solicitada debe corresponder a una partida y a una razón desarrolladas en el escrito, conforme al artículo 245.4 LEC.
La precisión decisiva está en la partida, no en el total. Esa comprobación final detecta una objeción argumentada en el cuerpo que no has trasladado correctamente a la petición.
Guías relacionadas
Las normas citadas
Están aquí juntas para que se puedan comprobar sin releer el artículo. Si alguna cambia, se corrige arriba y se anota la fecha de revisión.
- Ley de Enjuiciamiento Civil, artículo 133: cómputo de los plazos.
- Ley de Enjuiciamiento Civil, artículo 135.5: presentación hasta las 15:00 horas del día hábil siguiente al vencimiento.
- Ley de Enjuiciamiento Civil, artículos 151 y 162: tiempo y efectos de las comunicaciones procesales y comunicaciones electrónicas.
- Ley de Enjuiciamiento Civil, artículo 241: gastos y costas del proceso.
- Ley de Enjuiciamiento Civil, artículo 243: práctica de la tasación de costas.
- Ley de Enjuiciamiento Civil, artículo 244: traslado, prohibición de adicionar partidas y aprobación de la tasación.
- Ley de Enjuiciamiento Civil, artículo 245: motivos y requisitos de impugnación.
- Ley de Enjuiciamiento Civil, artículo 246: tramitación y decisión de la impugnación.
Lo que nos preguntan sobre esto
¿Cuántos días tengo para impugnar la tasación de costas?
Tienes un plazo común de 10 días en el proceso civil, conforme a los artículos 244.1 y 245.1 LEC. El cómputo debe ajustarse a la comunicación procesal y a los artículos 133, 151 y 162 LEC, según corresponda.
¿Puedo impugnar las costas porque me parecen demasiado altas?
Debes concretar qué honorarios consideras excesivos y por qué, conforme al artículo 245.4 LEC. El artículo 245.2 LEC reserva este motivo a honorarios de abogados, peritos y profesionales no sujetos a arancel.
¿Qué diferencia hay entre costas indebidas y honorarios excesivos?
Las indebidas cuestionan la inclusión del concepto; los excesivos cuestionan la cuantía de honorarios no sujetos a arancel. El artículo 245.2 LEC distingue ambos motivos.
¿Puede impugnar quien ha ganado las costas?
Sí, la parte favorecida puede impugnar por los motivos del artículo 245.3 LEC. Entre ellos están determinados gastos justificados y reclamados que no se hayan incluido.
¿Cuánto tiempo tiene el abogado para responder sobre honorarios excesivos?
El abogado afectado tiene una audiencia de 5 días conforme al artículo 246.1 LEC. Si no acepta la reducción solicitada, se recaba informe del Colegio de Abogados.
¿Puedo presentar el escrito al día siguiente del vencimiento?
El artículo 135.5 LEC permite presentarlo hasta las 15:00 horas del día hábil siguiente al vencimiento. Debes distinguir esa posibilidad del cómputo ordinario del plazo.
¿Basta con pedir que se reduzca el total de las costas?
No basta una petición genérica: el artículo 245.4 LEC exige identificar cuentas o minutas, partidas concretas y razones de discrepancia. El precepto prevé la inadmisión si faltan esos elementos.
Seguir leyendo
-
Gestión del despacho
¿Es obligatorio hacer consignaciones en la cuenta del juzgado?
La obligación de hacer consignaciones judiciales no es general. Distingue deuda, depósito para recurrir y requerimiento judicial antes de ingresar.
Leer el artículo -
Gestión del despacho
Plea vs LexFlow: comparativa para despachos de abogados en España con IA (2026)
Plea vs LexFlow: precios, IA documental y Verifactu para despachos en España. Comparativa 2026.
Leer el artículo -
Gestión del despacho
Plea vs Holded: comparativa para despachos de abogados en España (2026)
Comparativa Plea vs Holded para despachos en España: facturación, agenda procesal y expediente jurídico. Qué elegir en 2026.
Leer el artículo
Verlo funcionando cuesta media hora
Una demo de treinta minutos sobre un expediente de verdad, sin instalar nada y sin compromiso. Si prefieres mirar antes el precio, está publicado.