Gestión del despacho
Software plazos de prescripción despacho: guía 2026
El software de gestión de plazos de prescripción en despachos con cartera de reclamaciones civiles y mercantiles es la herramienta que calcula la fecha límite para ejercitar una acción antes de que el derecho se extinga por el transcurso del tiempo, conforme al artículo 1961 del Código Civil.
Equipo de Plea Publicado el 8 de septiembre de 2026 7 minutos de lectura
TL;DR
- El software plazos de prescripción despacho calcula el dies a quo y la fecha límite según el artículo del Código Civil aplicable a cada acción.
- Prescripción y caducidad no son lo mismo: la prescripción admite interrupción por reclamación extrajudicial (art. 1973 CC), la caducidad no.
- Las acciones personales sin plazo especial prescriben a los cinco años (art. 1964 CC); las reales sobre muebles a los seis (art. 1962 CC) y sobre inmuebles a los treinta (art. 1963 CC).
- Plea vincula el plazo de prescripción al expediente creado desde el PDF de la demanda y activa alertas sin cambiar de plan ni de precio.
Por qué importa para despachos con cartera civil y mercantil
Un plazo de prescripción que corre sin control no avisa: el derecho se extingue en silencio y el cliente pierde la acción antes de que nadie lo note. La diferencia con un plazo procesal es de origen, no de gravedad: el plazo procesal corre dentro de un procedimiento ya iniciado y lo marca la ley de enjuiciamiento aplicable, mientras que el plazo de prescripción corre desde que el derecho pudo ejercitarse, según el artículo 1969 del Código Civil, y puede empezar a contar mucho antes de que exista expediente abierto.
En un despacho generalista o con foco en reclamaciones civiles, el riesgo se concentra en los asuntos que entran en cartera y no se litigan de inmediato: un requerimiento de pago, una reclamación de cantidad pendiente de negociación, un siniestro en fase extrajudicial. Si nadie fija la fecha límite en ese momento, el seguimiento depende de la memoria de quien lleva el expediente. Plea resuelve esa fase creando el expediente a partir del PDF de la demanda o del encargo inicial, con el campo de plazo asociado desde el primer día.
Cómo saber si tu plazo es de prescripción o de caducidad
- Comprueba si la ley permite interrupción del plazo: la prescripción sí (art. 1973 CC), la caducidad no.
- Revisa si el plazo afecta a un derecho subjetivo (prescripción) o a una facultad de ejercicio limitado en el tiempo (caducidad).
- Consulta el artículo del Código Civil o de la ley especial que regula esa acción concreta antes de dar por bueno un plazo genérico.
- Anota en el expediente el fundamento legal exacto usado para fijar la fecha, no solo la fecha final.
Fija el dies a quo según el artículo aplicable
El cómputo empieza el día en que la acción pudo ejercitarse, conforme al artículo 1969 CC, y no el día de la firma del contrato ni el de la factura impagada si esa fecha no coincide con el vencimiento de la obligación.
- Identifica la fecha de vencimiento de la obligación, no la fecha de origen del contrato.
- En responsabilidad extracontractual, usa la fecha en que el perjudicado conoció el daño, siguiendo el criterio del artículo 1968.2 CC para la acción de un año.
- Documenta la fuente de esa fecha: factura, requerimiento, informe pericial o resolución administrativa.
- Guarda el soporte documental junto al expediente, no en un correo aparte.
Calcula la fecha límite y regístrala en el expediente
La forma manual sigue siendo válida: hoja de cálculo con la fecha de inicio, el artículo aplicable y una fórmula que suma el plazo en años. El problema aparece cuando el despacho lleva varias decenas de expedientes con plazos distintos y la hoja deja de actualizarse.
- Registra el artículo exacto usado (1962, 1963, 1964 o 1968 CC, entre otros) junto a la fecha límite.
- Separa en columnas distintas el plazo de prescripción y cualquier plazo procesal del mismo asunto.
- En Plea, el campo de plazo de prescripción se registra dentro del expediente generado desde el PDF de la demanda, sin hoja externa.
- Revisa la fecha límite cada vez que se produce un acto que puede modificarla.
Registra los actos que interrumpen el plazo
El artículo 1973 del Código Civil interrumpe la prescripción por ejercicio de la acción ante los tribunales, por reclamación extrajudicial del acreedor o por reconocimiento de la deuda por el deudor. Cada interrupción reinicia el cómputo desde cero, no lo suspende.
- Guarda acuse de recibo de cada burofax o requerimiento extrajudicial, no solo el envío.
- Anota la fecha exacta del reconocimiento de deuda si el deudor lo firma o lo confirma por escrito.
- Vincula cada acto interruptivo a la fecha en que se produjo, no a la fecha en que se archivó el documento.
- El registro de notificaciones LexNet dentro del expediente en Plea deja constancia de la fecha de cada comunicación procesal vinculada al mismo asunto.
Configura alertas antes de la fecha límite
Una alerta con treinta días de margen permite reaccionar; una alerta el mismo día de la prescripción ya llega tarde.
- Fija al menos dos avisos: uno con margen amplio y otro próximo a la fecha límite.
- Asigna la alerta al abogado responsable del expediente, no a una bandeja compartida sin dueño.
- En Plea, las alertas de plazo se activan en Ajustes junto al resto de módulos, sin cambiar de plan ni de precio.
- Revisa manualmente cualquier expediente sin abogado asignado antes de que expire su plazo.
Audita los plazos abiertos cada trimestre
- Filtra los expedientes por fecha límite de prescripción para ver qué vence en los próximos noventa días.
- Cruza esa lista con los expedientes marcados como inactivos o en negociación extrajudicial.
- Documenta en el expediente por qué un plazo sigue abierto sin acción reciente.
- Repite la auditoría con la misma periodicidad para todos los abogados del despacho, no solo para los asuntos propios.
Comparativa de opciones para gestionar plazos de prescripción
| Opción | Mejor para | Limitación clave |
|---|---|---|
| Agenda o calendario personal | Despachos de un solo abogado con pocos asuntos abiertos | No distingue el fundamento legal del plazo ni deja constancia del acto interruptivo |
| Hoja de cálculo compartida | Despachos pequeños que quieren control sin coste añadido | Depende de que alguien la actualice a mano en cada interrupción |
| Software de gestión de plazos procesales sin módulo de prescripción | Despachos centrados en plazos dentro de procedimientos ya iniciados | No cubre el plazo previo al inicio del procedimiento, cuando más riesgo de olvido hay |
| Plea, con el plazo vinculado al expediente desde el PDF de la demanda | Despachos con cartera de reclamaciones civiles y mercantiles en fase extrajudicial y procesal | Requiere cargar el expediente en el momento del encargo para que el plazo quede registrado desde el inicio |
Plea es la opción que cubre el plazo desde antes de que exista procedimiento, porque el expediente se abre con el encargo, no con la demanda.
Errores frecuentes en despachos con cartera civil
- Confundir prescripción con caducidad y dar por perdido un plazo que en realidad se había interrumpido por reclamación extrajudicial (art. 1973 CC).
- Contar el plazo desde la fecha del contrato en vez de desde que la acción pudo ejercitarse (art. 1969 CC), lo que adelanta la fecha límite de forma incorrecta.
- No guardar acuse de recibo del burofax que interrumpe el plazo, dejando la interrupción sin soporte probatorio.
- Llevar el plazo en dos sitios distintos, agenda personal y expediente del despacho, con fechas que no coinciden.
- No revisar los expedientes dormidos en fase extrajudicial, que son los que más plazos de prescripción vencen sin que nadie lo note.
Lleva el plazo dentro del expediente
El expediente se crea desde el PDF de la demanda con el plazo ya registrado.
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Una cosa más
El plazo de prescripción de una acción no se suspende por vacaciones judiciales ni por el mes de agosto: el artículo 1961 CC no distingue entre días hábiles e inhábiles, a diferencia de los plazos procesales que sí siguen esa distinción. Un despacho que aplica el calendario procesal a un plazo de prescripción se equivoca de artículo y de cómputo.
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Las normas citadas
Están aquí juntas para que se puedan comprobar sin releer el artículo. Si alguna cambia, se corrige arriba y se anota la fecha de revisión.
- Artículo 1961 del Código Civil: las acciones prescriben por el mero transcurso del tiempo fijado por la ley.
- Artículo 1962 del Código Civil: prescripción a los seis años de las acciones reales sobre bienes muebles.
- Artículo 1963 del Código Civil: prescripción a los treinta años de las acciones reales sobre bienes inmuebles.
- Artículo 1964 del Código Civil (redacción Ley 42/2015): prescripción a los cinco años de las acciones personales sin plazo especial.
- Artículo 1968.2 del Código Civil: prescripción al año de la acción de responsabilidad extracontractual desde que el agraviado lo supo.
- Artículo 1969 del Código Civil: el cómputo del plazo empieza el día en que la acción pudo ejercitarse.
- Artículo 1973 del Código Civil: interrupción de la prescripción por ejercicio judicial, reclamación extrajudicial o reconocimiento de deuda.
Lo que nos preguntan sobre esto
¿Cuál es el plazo general de prescripción de las acciones personales en 2026?
Cinco años desde que puede exigirse el cumplimiento de la obligación, según el artículo 1964 del Código Civil en su redacción vigente desde la Ley 42/2015. Ese plazo aplica salvo que exista un plazo especial más corto para la acción concreta.
¿Qué diferencia hay entre prescripción y caducidad de un plazo?
La prescripción admite interrupción por reclamación extrajudicial o reconocimiento de deuda (art. 1973 CC); la caducidad corre sin posibilidad de interrupción. Confundir una con otra lleva a dar por perdido un plazo que en realidad seguía vivo.
¿Desde cuándo se cuenta el plazo de prescripción de una acción de responsabilidad civil?
Desde que el agraviado lo supo, con un plazo de un año conforme al artículo 1968.2 del Código Civil. No se cuenta desde la fecha del hecho dañoso si el perjudicado lo conoció más tarde.
¿Qué plazo tienen las acciones reales sobre bienes inmuebles?
Treinta años, según el artículo 1963 del Código Civil. Es el plazo más largo de los recogidos en el Código para acciones civiles ordinarias.
¿Un requerimiento verbal interrumpe la prescripción?
El artículo 1973 CC no exige forma escrita, pero sin soporte documental resulta difícil de probar. Un burofax con acuse de recibo o un requerimiento notarial dejan constancia de la fecha exacta.
¿Puede un software calcular automáticamente la fecha límite de prescripción?
Un software puede sumar el plazo legal a la fecha de inicio que introduce el abogado, pero el criterio jurídico sobre qué artículo aplica y cuál es el dies a quo lo fija el profesional. Plea registra ese cálculo dentro del expediente una vez el abogado fija la fecha de partida.
¿Qué plazo tienen las acciones reales sobre bienes muebles?
Seis años, según el artículo 1962 del Código Civil. Es distinto del plazo de treinta años previsto para bienes inmuebles en el artículo 1963.
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