Gestión del despacho

Cómo integrar Verifactu en un despacho de abogados 2026

Integrar Verifactu en un despacho significa activar un software de facturación que genera el registro de cada factura, lo envía a la Agencia Tributaria y encadena cada documento con el anterior, según el Real Decreto 1007/2023. Las sociedades están obligadas desde enero de 2026; el resto, desde julio de 2026.

Equipo de Plea Publicado el 3 de septiembre de 2026 5 minutos de lectura

TL;DR

  • Verifactu se activa con un software de facturación certificado que envía el registro a la AEAT.
  • Las sociedades están obligadas desde el 1 de enero de 2026; el resto, desde el 1 de julio de 2026.
  • Cada factura necesita huella, código QR y encadenamiento con la anterior según el Real Decreto 1007/2023.
  • Plea incluye facturación compatible con Verifactu dentro del producto completo, sin módulos de pago aparte.
  • Los registros de facturación se conservan 4 años, conforme al art. 66 de la Ley 58/2003 General Tributaria.
1 de enero de 2026
Sociedades obligadas
1 de julio de 2026
Resto de contribuyentes
4 años
Conservación de registros

Por qué importa

Un despacho de abogados factura con el IVA general del 21 %, salvo casos concretos de inversión del sujeto pasivo. Verifactu no cambia esa base fiscal: cambia el formato del registro de facturación y obliga a remitirlo a la Agencia Tributaria en el momento de emitir cada factura.

Un despacho que ya usa un software de facturación electrónica para despachos de abogados parte con ventaja: solo necesita comprobar que cumple las especificaciones técnicas de la Orden HAC/1177/2024, de 17 de octubre. El que sigue facturando con una plantilla de Word o una hoja de cálculo no cumple el Reglamento aprobado por el Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre, aunque el contenido de la factura sea correcto. La sanción no valora el contenido: valora el sistema usado para generarlo.

Cómo integrar Verifactu en tu despacho de abogados

La integración sigue seis pasos, en este orden:

  1. Comprueba la fecha de obligación según la forma jurídica del despacho: sociedades desde el 1 de enero de 2026; autónomos, profesionales y entidades en atribución de rentas desde el 1 de julio de 2026.
  2. Activa o sustituye el software de facturación por uno que cumpla las especificaciones técnicas de la Orden HAC/1177/2024, de 17 de octubre.
  3. Configura el envío del registro de facturación a la sede electrónica de la Agencia Tributaria, en la modalidad Verifactu con envío de cada registro en el momento de emitir la factura.
  4. Verifica el código QR, la huella y el encadenamiento: cada factura debe llevar su huella (hash) y quedar enlazada con la factura anterior emitida por el mismo sistema.
  5. Integra la facturación con el expediente para que cada factura quede vinculada al cliente y al asunto sin exportar ni volver a introducir datos entre programas distintos.
  6. Conserva los registros de facturación 4 años, plazo de prescripción tributaria fijado en el art. 66 de la Ley 58/2003 General Tributaria.

En Plea, la facturación compatible con Verifactu es uno de los veinte módulos incluidos en el producto completo: se activa en Ajustes sin cambiar de plan ni de precio, y queda dentro del mismo expediente que genera la factura, no en un programa aparte.

Activa la facturación Verifactu

Facturación dentro del expediente, sin módulos de pago aparte.

[Ver Plea](/)

Sociedades: obligadas desde el 1 de enero de 2026

Los despachos constituidos como sociedad y sujetos al Impuesto sobre Sociedades quedan obligados a Verifactu desde el 1 de enero de 2026, fecha que fija la disposición final del Real Decreto 1007/2023 en relación con la Orden HAC/1177/2024, de 17 de octubre de 2024, que desarrolló las especificaciones técnicas del sistema.

A partir de esa fecha, cada factura emitida por la sociedad necesita huella, código QR y encadenamiento con la anterior. Las facturas emitidas antes de esa fecha no se reenvían con retroactividad.

Resto de contribuyentes: obligados desde el 1 de julio de 2026

Autónomos, abogados que ejercen a título personal y entidades en régimen de atribución de rentas del art. 8.3 de la Ley 35/2006 del IRPF disponen de un plazo mayor: quedan obligados desde el 1 de julio de 2026.

Mientras llega esa fecha, cualquier despacho puede adoptar Verifactu de forma voluntaria y evitar el cambio de sistema bajo presión de la fecha límite.

Por qué varía el plazo de implantación en cada despacho

Forma jurídica del despacho
sociedad profesional o autónomo cambia la fecha límite legal.
Software de facturación actual
si ya cumple las especificaciones de la Orden HAC/1177/2024 o necesita sustitución completa.
Volumen de facturas emitidas al mes
a más facturas, más registros que migrar o validar antes del cambio.
Integración con el expediente
si la facturación vive en un programa aparte del procesal, la migración exige mapear clientes y asuntos uno a uno.
Histórico de facturas pendientes de cobro
las emitidas antes de la fecha límite no se reenvían; las emitidas después sí quedan bajo el nuevo régimen.

¿Verifactu sustituye a la factura electrónica obligatoria de la Ley Crea y Crece?

No. Verifactu regula el sistema informático que genera y remite el registro de facturación a la Agencia Tributaria; la factura electrónica obligatoria de la Ley 18/2022 de Creación y Crecimiento de Empresas regula el formato y el intercambio de facturas entre empresas. Un despacho puede necesitar cumplir las dos normas a la vez con el mismo software.

¿Qué pasa si un despacho no adapta su facturación a Verifactu antes de la fecha límite?

El despacho sigue facturando sin registro válido ante la Agencia Tributaria, y la Ley 58/2003 General Tributaria, en su art. 201 bis, sanciona la fabricación, comercialización o uso de sistemas informáticos que no cumplan los requisitos de Verifactu. La infracción alcanza tanto al despacho que factura como al proveedor del software no certificado.

¿Necesito instalar un programa nuevo o basta con adaptar el que ya uso?

Depende de si el programa actual ya genera el registro de facturación con huella y encadenamiento; si no lo hace, necesitas sustituirlo por uno certificado bajo la Orden HAC/1177/2024. Programas de gestión para despachos como Plea incluyen la facturación compatible con Verifactu dentro del mismo expediente, sin instalar un módulo aparte ni cambiar de plan.

Una última cosa

Verifactu no sustituye al Suministro Inmediato de Información del IVA ni al modelo 347 de operaciones con terceros: son obligaciones distintas que pueden coexistir según el régimen del despacho. Comprueba también las facturas rectificativas: necesitan el mismo encadenamiento y huella que las facturas ordinarias, y muchos despachos las olvidan al probar el sistema por primera vez.

Las normas citadas

Están aquí juntas para que se puedan comprobar sin releer el artículo. Si alguna cambia, se corrige arriba y se anota la fecha de revisión.

Lo que nos preguntan sobre esto

¿Qué es Verifactu?

Verifactu es el sistema que exige el Real Decreto 1007/2023 para que los programas de facturación generen un registro con huella, lo encadenen con la factura anterior y lo remitan a la Agencia Tributaria. Aplica a empresarios y profesionales, incluidos los despachos de abogados.

¿Cuándo entra en vigor Verifactu para despachos de abogados?

Las sociedades quedan obligadas desde el 1 de enero de 2026 y el resto de contribuyentes, incluidos autónomos y profesionales, desde el 1 de julio de 2026. Ambas fechas derivan de la Orden HAC/1177/2024, de 17 de octubre.

¿Verifactu es obligatorio para todos los abogados?

Sí, para cualquier abogado o despacho que emita facturas como empresario o profesional, sea sociedad o autónomo. Solo cambia la fecha límite según la forma jurídica.

¿Qué diferencia hay entre Verifactu obligatorio y voluntario?

En la modalidad obligatoria el sistema envía cada registro de facturación a la Agencia Tributaria en el momento de emitir la factura. En la modalidad no Verifactu, el programa genera el registro pero no lo remite automáticamente y el contribuyente debe conservarlo por su cuenta.

¿Cuánto tiempo hay que conservar los registros de facturación de Verifactu?

4 años, el mismo plazo de prescripción de la obligación tributaria fijado en el art. 66 de la Ley 58/2003 General Tributaria. El plazo corre desde la fecha de cada factura.

¿Qué pasa con las facturas que ya emití antes de la fecha límite de Verifactu?

No se reenvían con retroactividad. El nuevo régimen aplica a las facturas emitidas a partir de la fecha en que el despacho queda obligado, sea el 1 de enero o el 1 de julio de 2026.

¿Verifactu obliga a usar un software concreto?

No obliga a una marca concreta, pero sí exige que el software cumpla las especificaciones técnicas de la Orden HAC/1177/2024: huella, encadenamiento, código QR y envío del registro. Cualquier programa que cumpla esos requisitos es válido.

¿Qué sanción tiene no cumplir Verifactu?

El art. 201 bis de la Ley 58/2003 General Tributaria sanciona la fabricación, comercialización o uso de sistemas informáticos que no cumplan los requisitos de Verifactu. La infracción alcanza al despacho y al proveedor del software no certificado.

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